De conformidad con una comunicación que hizo llegar a este programa, el doctor Yanier Ulrico Lozano Córdoba, presentó derecho de petición, para que ell Ministerio de Salud, la gobernación, Codechocó, la diosecis Istmína – Tadó y el municipio de Istmína, pongan a disposición del pueblo de Istmína, un cementerio, digno y conforme a las normas que lo establecen.
Hemos solicitado lo siguiente:
1- Revisar las condiciones sanitarias del cemeterio del municipio de Istmina.
2- Cumplimiento de lo relacionado con las diposiciones legales de una eficiente y eficaz administración del cementerio.
3- Cumplimiento de las medidas de seguridad del cementerio de Istmima. Art.576, Ley: 9/1979 y Resolución No. 5194 de 2010.
4- Cumplir con la expedición del reglamento interno del cementerio del municipio de Istmina, conforme al artículo 10 de la Resolución No. 5491 de 2010.
5- Que el Ministerio de Salud y Protección Social, brinde una capacitación a las entidades encargadas del cementerio y se genere la elaboración del Plan de Saneamiento y responsabilidad administrativa del cementerio.
6- Solicitud al Ministerio, ofrecer el acompañamiento, vigilancia y control, relacionado con el cumplimiento de medidas de seguridad y prevención, en atención al artículo: 48 de la Resolución No. 5491 de 2010.
7- Se solicitó al Ministerio de Salud y de la Protección Social, oficiar a: la Gobernación, CODECHOCÓ, Alcaldía de Istmina, Diócesis de Istmina-Tadó, realizar el diagnóstico y generar un concepto: higiénico-sanitario.
8- Se Solicitó al Ministerio, que en el marco de las competencias de la Ley 09 de 1979, se realice o se delegue la vigilancia y control de las condiciones: higiénico-sanitarias del Cementerio Ciudadela del Recuerdo del Municipio de Istmina.
9- Exhortar a las instituciones, prenombradas y conforme a la competencia, al acatamiento del artículo 3, literal b de la Resolución 1447 de 2009, a preservar y fomentar la cultura del respeto por los difuntos, en virtud de la finalidad y obligación que deben cumplir los cementerios.
