El Tribunal Superior de Quibdó ratificó la decisión del Juzgado Promiscuo de Familia de Istmina que negó el amparo constitucional solicitado por la docente Trinidad Ibargüen Lozano, quien reclama haber sido retirada irregularmente de su cargo tras una supuesta renuncia que nunca firmó ni autorizó. La tutela fue rechazada al considerar que existen otros mecanismos judiciales para reclamar sus derechos, como la acción de nulidad y restablecimiento del derecho ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
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Pese a la negativa, el Tribunal reconoció que los hechos plantean serios cuestionamientos sobre el procedimiento administrativo seguido por la Secretaría de Educación del Chocó y el FOMAG, ya que la renuncia fue presentada por un tercero sin firma ni autorización, y aun así fue aceptada mediante la Resolución 3458 de diciembre de 2024. La docente, grado 14, ha continuado asistiendo a la institución Francisco Eutimio Múnera sin recibir salario desde enero, lo que podría estar afectando su mínimo vital y seguridad social.
El fallo, con ponencia de la magistrada Luz Edith Díaz Urrutia, subraya que, si bien el caso reviste gravedad, no se acreditó un perjuicio irremediable que habilite la intervención del juez constitucional. Sin embargo, el Tribunal ordenó remitir el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, abriendo la posibilidad de que el alto tribunal se pronuncie sobre el fondo del asunto.
La docente Ibargüen deberá ahora acudir ante el Tribunal Administrativo del Chocó para interponer demanda de nulidad de la resolución que aceptó su renuncia, y reclamar su reintegro, salarios dejados de percibir y el restablecimiento de sus derechos laborales. El caso pone en evidencia posibles fallas en el manejo de la administración educativa departamental, que podrían tener implicaciones disciplinarias y legales.
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