La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, mediante auto de fecha 18 de marzo de 2025 con radicación número 11001-03-28-000-2025-00034-00, actuando como magistrado ponente el doctor Pedro Pablo Vanegas Gil, teniendo en cuenta, que la parte actora solicitó la suspensión provisional de los efectos jurídicos de la Resolución nro. 002638 de 18 de febrero de 20251, que contiene la designación de Luis Alfredo Giraldo Álvarez, como rector y representante legal de la Universidad Tecnológica del Chocó, Diego Luis Córdoba (UTCH).
Como fundamento de su petición cautelar de urgencia el peticionario alude a que: i) tiene vocación de viabilidad y apariencia de un buen derecho; ii) existe riesgo probable de que la protección del derecho invocado o la salvaguarda del interés público pueda verse afectado considerablemente por el tiempo trascurrido durante el trámite y; iii) la medida provisional no genera daño desproporcionado a quien afecta directamente.
Al analizar el caso de conformidad con lo establecido por el artículo 233 del CPACA y la postura asumida por la Sección Quinta, en auto de unificación del 26 de noviembre de 20203, ordenó correr traslado de la medida cautelar por el término de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, al demandado, al Ministerio de Educación Nacional, a la Universidad Tecnológica del Chocó Diego Luis Córdoba (UTCH), al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
Auto Traslado de la solicitud de medida cautelar en siguiente link:
