Mediante sentencia del 12 de diciembre de 2024, la Sección Quinta del Consejo de Estado anuló la elección de Arnold Alexánder Rincón López, como director de CODECHOCÓ, para el periodo 2024-2027.

El alto tribunal declaró la nulidad del acuerdo 012 del 14 de noviembre de 2023, por medio del cual el Consejo Directivo de CODECHOCÓ designó al señor Arnold Alexánder Rincón López como director general de la entidad para el período 2024-2027, por irregularidades en la citación para la elección.

«Está demostrado que las irregularidades ocurrieron a partir de la citación realizada de forma irregular el 14 de noviembre de 2023, lo que implica que el procedimiento de elección se vio afectado desde entonces, pues debió modificarse el cronograma del procedimiento de elección mediante un nuevo acto administrativo (que debía publicarse en debida forma), en el que se fijara una nueva fecha que, en todo caso, respetara el término de antelación de cinco días previsto en el artículo 36 de los estatutos de CODECHOCÓ para la realización de la sesión extraordinaria respectiva», argumentó la sala.

Se deberá modular los efectos de la nulidad declarada, en tanto el proceso electoral, deberá retomarse desde el momento en que el consejo directivo de CODECHOCÓ debía de modificar el cronograma de elección, fijando una nueva fecha para la reunión electoral, en la cual, se deberá respetar la antelación exigida por el artículo 36 de los estatutos de la autoridad ambiental y publicarse conforme con las normas aplicables al caso.

Como se recordará, el 14 de noviembre de 2023 se notificó una sentencia emitida en dicho trámite judicial, en la cual se levantó la suspensión provisional decretada y se ordenó continuar con el trámite normal de la elección.

En correo electrónico enviado ese mismo día a las 8:53 am, la secretaria del Consejo Directivo de CODECHOCÓ citó a los miembros de ese órgano a sesión extraordinaria presencial a las 9:30 am en la ciudad de Quibdó, con el fin de elegir al director general de la entidad, pero por la premura muchos consejeros no llegaron, sobre todos aquellos que estaban por fuera de la capital chocoana, caso concreto los delegados del gobierno nacional.

Por esta razón, el señor Nelson Mario Mejía Ospina, en su condición de procurador 186 judicial, y otros demandaron dicha decisión.

En la misma decisión del Consejo de Estado, aceptó la renuncia al poder otorgado a la abogada Lucy Jeannette Bermúdez Bermúdez; entre tanto, se reconoció la personería para actuar en representación del señor  Rincón López, al abogado Germán Eduardo Vargas Vera.

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