De esa manera, el alto Tribunal confirmó la sentencia de primera instancia, del 29 de mayo del 2024, proferida por el Tribunal Administrativo del Chocó, que negó las pretensiones de la demanda electoral en contra del alcalde Geyson Copete, de Unión Panamericana.
El demandante buscaba la nulidad de la credencial del mandatario, elegido para el periodo 2024-2027, porque consideraba que él estaba inmerso en doble militancia, en la modalidad de apoyo; al respaldar las aspiraciones de Patrocinio Sánchez Montes de Oca.
Recordemos, que el hoy alcalde de Unión Panamericana—coalición con el Partido Conservador Colombiano, la cual se denominó: Todos Somos la Unión—, decidió apoyar a Sánchez Montes de Oca, después que Gilder Palacios Mosquera, Cambio Radical y apoyado por los azules, decidió no continuar con sus aspiraciones a la gobernación del Chocó.
«. . aún en el marco de la coalición, el señor Geyson Copete estaba sujeto a la directriz que estableciera su colectividad, la cual, como se demostró,
fue la de dejarlo en libertad cuando no se contara con candidato propio», consideró la Sección Quinta, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en sentencia de segunda instancia, proferida el primero de agosto de 2024.
y agregó: » la Sala observa que no resulta necesario analizar los
demás elementos de la conducta reprochada, esto es, si en efecto se presentó un acto de apoyo por parte del demandado a favor de la posible candidatura del señor Patrocinio Sánchez Montes de Oca, dado que respecto de la conducta prohibida que se analiza, se requiere la concurrencia de todos los elementos que la configuran».
