El Personero Municipal de Bahía Solano Carlos Mario Cardona Pérez, requirió al Director de la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres Carlos Carillo, realice una visita de verificación a la ejecución del Contrato de Obra Numero 9677-CV020-1397-2023 Celebrado Entre el Fondo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre, cuyo objeto es Realizar las Obras de Emergencia para Mitigar el Riesgo de Inundación y Socavación , Mediante la Construcción de Obras de Protección de Orilla en la Margen Izquierda, Margen derecha y Zonas de Influencia del Rio Valle en las Zonas Afectadas en el Corregimiento del Valle.
El Representante del Ministerio Público en Bahía Solano, considera que hay retrasos en la ejecución de la obra, la cual inició el pasado mes de enero para ser entregada en diciembre del presente año, pero su avance hasta la fecha no supera el 35% aproximadamente y tenido en cuenta que el contrato implica también intervenciones en la comunidad indígena del brazo las cuales no se han iniciado hasta la fecha, es notorio que dicho contrato no se podrá entregar para la fecha estipulada; situación que sería muy grave y afecta los intereses de toda la comunidad del Corregimiento del Valle.
De igual manera dice que es necesario buscar soluciones a la problemática administrativa que se presenta entre la firma contratista y algunos trabajadores de dicha obra, a los que supuestamente se les ha dado por terminado la vinculación laboral, bajo el argumento de falta de recursos económicos, situación que puede afectar el debido desarrollo de los trabajos; así como revisar otros temas referentes al proyecto que deben ser resueltos.
Igualmente solicito la visita de un equipo especial de Ingenieros de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo, para que inspeccionen la obra para determinar si la misma cumple con las especificaciones técnicas requeridas y sobre todo con la funcionalidad de mitigar en gran medida el riesgo que vive la comunidad del Corregimiento del valle por el desbordamiento de su rio.
Es de tener en cuenta que el contrato en mención tiene un valor de Treinta y Seis Mil Novecientos Cuarenta y Tres Millones Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta Pesos .

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