PERSONERO DE BAHÍA SOLANO, SOLICITÓ A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN, INVESTIGAR CONTRATO SUSCRITO POR LA UNGRD POR VALOR DE TREINTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES TRECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA PESOS QUE SE EJECUTA EN EL CORREGIMIENTO DEL VALLE.

El Personero Municipal de Bahía Solano en el Departamento del Chocó, solicitó a la Fiscal General de la Nación, se aperture una investigacion de carácter penal por posibles irregularidades presentadas en la etapa precontractual del contrato suscrito por la Unidad Nacional de Gestión del Riesgo , cuyo objeto es » Realizar Obras de Emergencia para Mitigar el Riesgo de Inundaciones y Socavacíon Mediante la Construcción de Obra de Protección de Orilla en la Margen Izquierda, Margen Derecha y Zonas de Influencias del Rio Valle y las Zonas Afectadas en el Corregimiento del Valle del Municipio de Bahía Solano».

El Contrato que tiene un valor de Treinta y Seis Mil Novecientos Cuarenta y Tres Millones Trescientos Cuarenta y Cinco Mil Seiscientos Cincuenta Pesos ( $ 36.943.345.650), y su plazo de ejecución era de un año.

Según el criterio del representante del Ministerio Público en Bahía Solano Carlos Mario Cardona Pérez, considera que se presentaron graves deficiencias en la parte precontractual como por ejemplo en los estudios y diseños que determinan el alcance de la contratación, así como también en el proceso de selección del contratista más idóneo y que pudiera cumplir con la ejecución del proyecto.

La UNGRD, para realizar la contratación por valor de $ 36.943.345.650, estableció que la intervención se desarrollaria con la construcción de obras de drenaje y estructuras de contención con geobolsas y la instalación de geostera, las cuales deberían ser ejecutadas de acuerdo a las normas vigentes, especificaciones técnicas del proyecto y según los diseños y documentos técnicos que hacen parte integral del proceso, sin embargo para la Personeria Municipal el documento soporte del alcance del proceso fue un informe de visita técnica que define las estructuras a construir pero no obstante dicho se evidencio que dicho informe no estaba soportado en estudios actualizados tendientes a determinar el alcance de la intervención con el dimensionamiento y las características de los materiales para la solución propuesta, dada la complejidad de los fenómenos erosivos existentes en el sector, no sólo causados por las crecientes del rio Valle, sino por los efectos de las mareas, máxime, cuando la población del Corregimiento del Valle se encuentra asentada en una zona de riesgo alta por la ubicación de las viviendas en cercanía al cauce del rio.

Encontrando que la solución propuesta denominada Fase I, únicamente contempló obras para proteger la orilla de la erosion y no encaminada a proteger la población de un fenómeno extremo de aumento del nivel del rio, Aspectos que para el Personero Municipal reflejan que los estudios y diseños no tenían la completitud y el rigor, y por ello la UNGRD en el anexo Técnico, númeral 4.2 Especificaciones Técnicas, manifiesta que » Dada la dinámica fluvial se hace necesario una revisión y ajuste de los documentos técnicos, en los cuales el contratista debera verificar y soportar técnicamente que las condiciones hidrógeno morfológicas presenten cambios significativos, el contratista debera proponer y justificar técnicamente los ajustes necesarios.»

Teniendo en cuenta lo anterior, el cotizante seleccionado con la invitación, debería hacer el reconocimiento técnico de los sectores a intervenir, con el fin de realizar la implementación de las obras tipo estimadas por la UNGRD, verificar y soportar técnicamente que las mismas se ajustarán a las condiciones del sector y las necesidades al momento de iniciar su ejecución, en todo caso, ante la eventual necesidad de realizar ajustes a los documentos técnicos antes referidos , está se realizaría mediante acta, previa presentación de la justificación técnica por parte del contratista de obra, la cual debería ser revisada en su integridad por la interventoria, quien impartiria concepto favorable o no para la realización de respectivo ajuste .

Lo anterior, evidencia que la UNGRD no tenía el alcance de las intervenciónes a realizar y le traslada al contratista su definición, aspecto que va en contravia del Manual de Contratación de la Subcuenta Colombia Vital, que establece en los términos y condiciones precontractuales ( artículo 11) cómo uno de los requisitos contar con los diseños y estudios.

El contrato debería ser entregado en diciembre de 2024, Pero cabe anotar que en estos momentos se encuentra suspendido.

El proceso de contratación fue suscrito en la dirección de Olmedo López y Sneyder Punillas, detenidos actualmente por actos de corrupción en la entidad.

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