El Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Quibdó, por sentencia 130 de este lunes 20 de octubre, ordenó al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – Regional Chocó, ICBF, que dentro del término de cuarenta y ocho (48) horas reintegre de manera inmediata a la menor XY al programa Hogar
Gestor con Discapacidad, asegurando su inclusión activa y efectiva dentro del sistema de atención institucional.
Lo anterior como resultado de una solicitud de tutela presentada por el Procurador 186 Judicial I para Asuntos Administrativos, Nelson Mario Mejía, ya que a la niña XY se le violaron los derechos a la dignidad humana, vida digna, igualdad, y no está recibiendo ayuda psicológica, nutricional y/o económica en el programa de HOGAR GESTOR CON DISCAPACIDAD en la ciudad de Quibdó, lugar donde reside con su madre.
El Hogar Gestor es una modalidad de restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes que brinda el ICBF y pertenece al grupo de modalidades de apoyo y fortalecimiento a la familia.
El Juez de tutela amparó los derechos fundamentales de la niña agenciada por la Procuraduría 186 Judicial I para Asuntos Administrativos, porque encontró que el ICBF incurrió en una actuación deficiente que, bajo pretexto de un problema administrativo, interrumpió el acceso a un programa esencial para el bienestar de una menor con discapacidad, sin adoptar medidas efectivas para superar el obstáculo.
Adicionalmente, el juez le ordenó al ICBF disponer las acciones necesarias para garantizar el acompañamiento psicosocial, pedagógico, médico, familiar y económico que exige la condición de discapacidad de la menor.
