El Tribunal Administrativo del Chocó, mediante auto interlocutorio número 817 del 11 de septiembre de 2024 Admitió la demanda bajo medio de control de Protección de los derechos e intereses colectivos, promovidos por Carlos Mario Cardona Pérez, Personero Municipal de Bahía Solano en contra del Ministerio de Transporte, Gobernación del Chocó y Municipio de Bahía Solano, por medio de la cual busca obtener la protección de los derechos colectivos a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente , derecho al acceso a una infraestructura de servicios que garantice el acceso a los servicios públicos y a que su prestación sea eficiente y oportuna, los cuales se les considera vulnerados a todos los habitantes del Corregimiento del Valle en relación con el mal estado en que se encuentra el puente colgante sobre el rio valle.
En la demanda el Personero Municipal, establece entre sus pretensiones que se ordene al Ministerio de Transporte, Gobernación del Chocó y demás accionados que en el marco de sus competencias constitucionales, legales y reglamentarias de manera coordinada, en un término de tres meses adelanten todas las gestiones que sean necesarias tanto administrativas, presupuestales y financieras con el fin que se estructure y ponga en ejecución un proyecto que permita la adecuación y mejoramiento del Puente Colgante sobre el rio Valle.
Mejoramiento que tendrá que contar con todos los estándares de calidad, requisitos técnicos y de seguridad que se exigen para este tipo de infraestructura.
Además de lo anterior y representante del Ministerio Público, solicito una medida cautelar con el fin que mientras, se surte el proceso, se realice un mantenimiento.
Este medio informativo contacto al Personero Municipal para indagar al respecto de la demanda y esto nos expresó:
» La acción popular se había presentado en el mes de agosto, con fundamento en los hallazgos que se evidenciaron en la visita de inspección que realizamos a la infraestructura del Puente el 20 de marzo del presente año y por las quejas que en su momento se habían recibido por parte de algunos habitantes por el mal estado; en razón a esto realizamos los requerimientos a las entidades demandas por medio del oficio PMBS 063 del 20 de marzo para que se tomarán acciones y se procediera a realizar una intervención; es de aclarar que la actual administración, hace varias semanas vienen realizando un mantenimiento al Puente; desde la Personería, consideramos que tanto el Ministerio de Transporte y la Gobernación, bajo los principios de coordinación , concurrencia, subsidiariedad, tienen también una obligación en este asunto, esto no es solo responsabilidad del ente territorial, pero exprese cuando se presentó la demanda aún no habían iniciado los trabajos por parte del Municipio «

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