El Juzgado Promiscuo de Unión Panamericana, determinó en primera instancia TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, autodeterminación, elegir y ser elegido de los accionantes: FERGIN AGUALIMPIA CORREA, JAIRO ANTONIO MOSQUERA, MIGUEL GARCIA PALACIOS, JONNIER LEDEZMA PALACIOS, CARLOS OREJUELA, ROBINSON VALOYES MORENO, LUIS FERMIN MOSQUERA MURILLO, KATHERINE MOSQUERA QUINTO.
También se protegen los derechos fundamentales al debido proceso, autodeterminación, elegir y ser elegido del señor EDWIN MENA PEREA.
La jueza también deja sin efecto las convocatorias No. 0001 del 19 de septiembre de 2025 y No. 000 del 15 de octubre del 2025. Realizadas por el Presidente del Consejo Comunitario Mayor de Unión Panamericana, por haber sido expedidas con violación del Reglamento Interno y desconociendo los derechos fundamentales de los miembros de la Asamblea General.
Así mismo, los efectos de las reformas realizadas al Reglamento Interno del Consejo Comunitario Mayor de Unión Panamericana durante tales convocatorias, hasta tanto se realice una Asamblea General válida conforme al reglamento aprobado mediante Resolución 004 del 15 de septiembre de 2019.
Igualmente le ordena al Presidente del Consejo Comunitario Mayor que, en un término máximo de 30 días, convoque a Asamblea General con todos los consejos locales válidamente registrados ante el Consejo Mayor, para: Ratificar o modificar el Reglamento Interno conforme a los procedimientos establecidos, y restablecer el funcionamiento regular de la estructura.
El problema que se viene, es que el periodo de la actual mesa directiva y Representante Legal llega hasta el 31 de diciembre, por tanto la asamblea tendría que, nombrar una mesa provisional para que continúe el proceso.
