En una decisión histórica para la capital del Chocó, el Juzgado Séptimo Administrativo de Quibdó, a cargo del doctor Alex Emir Moreno Palomeque, emitió una sentencia de primera instancia el 7 de noviembre de 2025, dentro del expediente radicado 27001333300720250005300, en la que ampara los derechos e intereses colectivos de los habitantes de Quibdó frente a las constantes interrupciones en el servicio de energía eléctrica.
La acción popular fue interpuesta por Luci Yiseth Lerma Díaz, quien argumentó que las continuas fallas vulneran derechos esenciales como el acceso a servicios públicos eficientes, la seguridad, la prevención de desastres y la calidad de vida de los ciudadanos. El juzgado le dio la razón y determinó que las fallas en la prestación del servicio eran técnicamente previsibles, por lo que existió una omisión por parte del Municipio de Quibdó y la empresa Dispac S.A. E.S.P., encargada de la distribución de energía.
El fallo ordena al Municipio de Quibdó y a Dispac que, de manera coordinada, realicen en un plazo máximo de seis (6) meses las verificaciones y adecuaciones necesarias en las redes eléctricas, garantizando el cumplimiento de los reglamentos técnicos vigentes y la prestación continua, eficiente y segura del servicio.
Además, la sentencia dispone medidas de reparación integral y de no repetición, entre ellas la verificación y mantenimiento de transformadores, redes y postes, para evitar riesgos a la vida y bienes de la población. Igualmente, ordena la realización de un acto público de disculpas en el Concejo Municipal de Quibdó por la mala prestación del servicio, así como la conformación de un Comité de Verificación del Cumplimiento del Fallo.
El despacho judicial subrayó que la falta de un servicio eléctrico continuo afecta derechos fundamentales como la dignidad humana, la educación, la salud y el trabajo, e impacta con especial gravedad a comunidades étnicas y poblaciones vulnerables. El fallo recuerda que la energía eléctrica es esencial para la vida moderna, incluso para la administración de justicia, que hoy depende en gran parte de la virtualidad.
Con esta sentencia, la justicia envía un mensaje contundente: el acceso a un servicio de energía digno y continuo no es un privilegio, sino un derecho colectivo que debe ser garantizado por el Estado y las empresas prestadoras, especialmente en territorios históricamente afectados por la desigualdad y el abandono.
#JusticiaAmbiental #AcciónPopular
#DerechosColectivos #Quibdó #Chocó
#EnergíaDigna #ServiciosPúblicos
#ProtecciónCiudadana #SentenciaHistórica
#GarantíasConstitucionales #Dispac
#MunicipioDeQuibdó
